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SANCOR: EL JUEZ GELCICH DISPUSO LA INTERVENCIÓN DE LA COOPERATIVA EN EL MARCO DE SU CONCURSO PREVENTIVO

La medida, que incluye la designación de un coadministrador judicial, se fundamenta en incumplimientos laborales, falta de información clave y la necesidad de reforzar el control sobre la administración.
JUDICIALES30/12/2025 La Opinión

El juez en lo Civil y Comercial de la 4ª Nominación de Rafaela, Marcelo Germán Gelcich, resolvió este lunes disponer la intervención de SanCor Cooperativas Unidas Limitadas (CUL), cuya sede central se encuentra en la ciudad de Sunchales, en el marco del concurso preventivo que atraviesa la histórica cooperativa láctea. La medida se instrumentará a través de la designación de un coadministrador judicial, que actuará de manera conjunta con las autoridades actuales de la empresa, con amplias facultades de control, gestión y auditoría.

La decisión fue adoptada a partir de los pedidos formulados por la Sindicatura y el Comité Provisorio de Control (CPC), quienes advirtieron una serie de incumplimientos graves por parte de la concursada. Entre ellos, se destacó la persistencia de deudas salariales, el no pago del Sueldo Anual Complementario correspondiente a 2025 y el incremento sostenido del pasivo posterior a la apertura del concurso, situación que —según se señala en el fallo— “agrava el cuadro económico y financiero de la empresa”.

En el extenso pronunciamiento, el magistrado también hizo referencia a la información aportada por el CPC respecto de la situación judicial de ex directivos de la cooperativa. En particular, se mencionó que los ex presidentes José Pablo Gastaldi y Alberto Eduardo Sánchez fueron procesados en una causa que tramita ante el Juzgado Federal de Rafaela, en la que se investiga la presunta apropiación indebida de aportes al Sistema Único de la Seguridad Social, en su carácter de agentes de retención.

Otro de los puntos centrales del fallo tiene que ver con la falta de colaboración de SanCor en el proceso concursal. Según sostuvo la Sindicatura, la empresa no entregó en tiempo y forma información clave sobre contratos en ejecución, vínculos con otras firmas, funcionamiento de plantas, niveles de producción, comercialización y stock. El juez subrayó que esta “reticencia informativa” vulnera el deber legal de colaboración y dificulta el adecuado control judicial y sindical del concurso.

En ese contexto, Gelcich consideró acreditada la necesidad de reforzar los mecanismos de control previstos por la Ley de Concursos y Quiebras. “Del análisis de las actuaciones surge una reiterada reticencia de la concursada en la entrega de información de importancia para el proceso”, afirmó, y remarcó que dicha conducta justifica la adopción de una coadministración como medida intermedia, sin llegar a la separación total de los actuales administradores.

La resolución establece que el coadministrador será un profesional con aptitud certificada en sindicatura concursal, elegido a partir de una terna que deberá proponer la Sindicatura. Tendrá facultades para intervenir en todo acto con efectos patrimoniales o contables, sin cuya firma los mismos serán considerados nulos. Además, podrá contar con hasta seis auxiliares —entre ellos abogados, contadores, ingenieros y técnicos en lechería— y tendrá autorización para ingresar a todos los establecimientos de la empresa, incluso con auxilio de la fuerza pública si fuera necesario.

La medida fue dispuesta por un plazo inicial de 60 días, prorrogable, y los honorarios que demande la coadministración estarán a cargo de la propia concursada. Según explicó el juez en un apartado redactado en lenguaje claro, el objetivo no es desplazar a la conducción de SanCor, sino “disponer un control real y efectivo” que permita resguardar los intereses de los acreedores, de los trabajadores y de la propia empresa, en el marco de un proceso que busca —ante todo— la continuidad de una firma emblemática para el entramado productivo regional.

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