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Quiebra de la ex SanCor CUL: Comunicado del Consejo Directivo Nacional de Atilra

"Se sostiene con frecuencia que los tiempos de la justicia no son los de la sociedad, en alusión al que insumen los procesos legales para dar una respuesta". En el caso de la ex cooperativa SanCor CUL, nos encontramos a nueve años desde que comenzara a adeudar salarios al personal -situación jamás regularizada-, a un año y medio de la apertura concursal, y a cuatro meses del dictado de quiebra por pedido de la propia empresa, sin que aún se haya logrado un pronunciamiento de fondo firme que permita liquidar los bienes y abonar a los acreedores, PESE A LA EXISTENCIA DE MÚLTIPLES OFERENTES QUE ADQUIRIERON LOS PLIEGOS LICITATORIOS DISPUESTOS A INVERTIR PARA REACTIVAR LA PRODUCCIÓN Y SUMINISTRAR OCUPACIÓN EFECTIVA. 
GREMIALES18/08/2026 Prensa Atilra

La prolongada demora en la reactivación total de las plantas de la ex cooperativa SanCor, está provocando un daño pecuniario y social irreparable, tanto a los trabajadores y sus grupos familiares, como al resto de los acreedores.

Compañeros que, además de la falta de trabajo, fueron también legalmente excluidos por parte la Superintendencia de Servicios de Salud, de la cobertura asistencial que brinda nuestra Obra Social, siendo dramática la situación de todos, incluida la tragedia de aquellos que se acogieron al Retiro Voluntario Anticipado y se encuentran a la espera de la liquidación para cobrar sus acreencias. 

Durante este largo tiempo, con recursos propios y un gran esfuerzo, ATILRA brindó contención y asistencia solidaria que hoy se encuentra agotada, enfrentándose las y los compañeros a las puertas del hambre, la desesperación, el descontrol y la anarquía.

Comprendemos los tiempos de la justicia como también comprendemos los tiempos que necesitan los oferentes para tejer sus respectivas alianzas, -al margen de aquellos que especulan con el hambre y la necesidad, apuntando a impedir la continuidad del proceso-.

Seguramente también comprenderán que no permaneceremos de brazos cruzados, y la necesidad de marchar, manifestarnos y peticionar, realizando, con el conjunto de las y los trabajadores de toda la actividad, las acciones legales sindicales previstas en el Art. 14 BIS de nuestra Constitución Nacional.

  CONSEJO DIRECTIVO NACIONAL

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